este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL No.7 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIBARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE.
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION PRESENTADA POR EL MINISTERIOM PUBLICO en contra del imputado GELVEZ PICON LUIS JOSE, venezolano, natural de San Cristóbal Estado Táchira, titular de la cédula de identidad Nº V-16.230.082, nacido en fecha 30-08-1982, de 24 años de edad, soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Blanca Cecilia Picon (v) y Luís Gálvez (f), residenciado en Unare 2, barrio Guayana, Manzana D, casa Nº 16, Puerto Ordaz, Estado Bolívar, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionados en el artículo 17 de la Ley sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en concordancia con los artículos 5 y 21 ordinal 5° "ejusdem", en perjuicio de la ciudadana QUEVEDO LUGO DAISY CAROLINA MARIA, todo de conformidad con el artí.....