En fecha 30 de noviembre de 2011, comparecieron los ciudadanos: ANA ROSA URIBE ORTEGA y JOSÉ LUIS FUNEZ AGUAS, parte beneficiaria y oferente, respectivamente, quienes convinieron, en la fijación del monto de la obligación de manutención, para la niña: KERLY LIZMAR FUNEZ URIBE, asimismo la forma y la oportunidad del pago de la misma, en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación al acta de fijación del monto de la obligación de manutención, de fecha 30 de noviembre de 2011, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente