Ahora bien, visto el acto desierto que riela al folio 16 de la presente solicitud, es por lo que este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNÍN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY y de conformidad con el articulo 631 del Código Civil Venezolano, DECLARA RECONOCIDO, el Instrumento cambiario (cheque) Nº s-92 60002554, de la cuenta de corriente Nº 0102-0219-12-0000068482, de fecha 14 de marzo de 2008, pagadero a la orden de JOSÉ ENRIQUE AGUILERA, el cual riela al folio tres (3) de la presente solicitud. Entréguese las presentes actuaciones al solicitante y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Publíquese, regístrese y déjese copia.