REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
EXPEDIENTE Nº 3527-10
ACTO CONCILIATORIO POR OBLIGACION DE MANUTENCION.
DEMANDANTE: LUZ MARINA NOVOA GONZALEZ.
DEMANDADO: JOSE GREGORIO VIVAS CASTELLANOS.


En el día de hoy, veintiséis (26) de enero de 2010, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, los ciudadanos LUZ MARINA NOVOA GONZALEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V.- 22.633.173 y el Ciudadano: JOSE GREGORIO VIVAS CASTELLANOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 9.147.080, con la finalidad de realizar acto conciliatorio de obligación de Manutención. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho al ciudadano JOSE GREGORIO VIVAS CASTELLANOS, quien manifestó” Que ofrezco como obligación de manutención la cantidad de trescientos bolívares (Bs. 300°°), los cuales me comprometo a depositar en la cuenta de Banfoandes N° 0007-0126-26-0010013017| y a cubrir los gastos escolares y de diciembre, de uno de mis dos (2) hijos” Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana LUZ MARINA NOVOA GONZALEZ, quien manifestó” Que esta de acuerdo con lo ofrecido por el padre de sus hijos”. Es todo. En este estado el Tribunal les hace saber a las partes que los gastos médicos y de medicina, deben ser compartidos en igual de condiciones. En virtud de lo anteriormente expuesto por las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ACUERDA LA HOMOLOGACION DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente acuerdo comienza a regir a partir del 01 de febrero de 2010. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA

JOSE GREGORIO VIVAS CASTELLANOS

LUZ MARINA NOVOA GONZALEZ
EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ