REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
EXPEDIENTE Nº 3519-10
ACTO CONCILIATORIO POR OBLIGACION DE MANUTENCION.
OFERENTE: JOSE ANTONIO BAUTISTA LIZCANO.
OFERIDA: NEIRA MAYTE CAMPEROS LOPEZ.


En el día de hoy, veintiséis (26) de enero de 2010, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, los ciudadanos JOSE ANTONIO BAUTISTA LIZCANO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.- 16.959.683, quien manifestó que labora en Serenos Hernández y NEIRA MAYTE CAMPEROS LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 18.860.130, con la finalidad de realizar acto conciliatorio de obligación de Manutención. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la Ciudadana: NEIRA MAYTE CAMPEROS LOPEZ, quien manifestó: “ Solicito la apertura de una cuenta de ahorros para el deposito de la obligación de manutención en el Banco Bicentenario” Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano JOSE ANTONIO BAUTISTA, quien manifestó” Que una vez sea aperturada la cuenta hare los depósitos respectivos”. Es todo. En este estado el Tribunal acuerda la apertura de una cuenta de ahorros y les informa a las partes que los gastos médicos y de medicina deben ser compartidos en igual de condiciones, o sea el 50% por cada uno de los progenitores. En virtud de lo anteriormente expuesto por las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ACUERDA LA HOMOLOGACION DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente acuerdo comenzara a regir a partir del 01 de enero de 2010. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA

NEIRA MAYTE CAMPEROS LOPEZ

JOSE ANTONIO BAUTISTA LIZCANO
EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ