DECLARA CON LUGAR EL DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN de los ciudadanos FERNANDO ENRIQUE MARCANO TORRES y ZULAY JOSEFINA TREJO DE MARCANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.633.017 y V-5.657.624, respectivamente, en consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre ellos, el día 04 de Diciembre de 1.982, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Pedro María Morantes del Distrito San Cristóbal del Estado Táchira, hoy Parroquia Pedro María Morantes del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, según consta en acta de matrimonio Nº 346.