DECLARA CON LUGAR EL DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMUN, de los ciudadanos FREDDY LANDAZABAL RAVELO y BLANCA JOHANA MORALES ANTOLINEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.856.169 y 16.557.023, en su orden, en consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre ellos, el día 06 de octubre de 1999, por ante el Prefecto de la Parroquia San Juan Bautista, del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, tal y como se desprende del acta de matrimonio N° 293.