Vista la comisión agregada al Cuaderno de Medidas en fecha 21 de abril del año en curso, desprendiéndose de la misma, la transacción celebrada en fecha 07 de abril de 2010, en acta de embargo levantada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, entre la abogada LISBETH LORENA HERNÁNDEZ BECERRA, titular de la cédula de identidad N° V- 13.506.491, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 84.036, actuando con el carácter de apoderada judicial del demandante, ciudadano MILCIADES ANTONIO RODRÍGUEZ PALACIOS, abogado, titular de la cédula de identidad N° V- 3.198.885, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.806; y la demandada, ciudadana ROSALBA PEÑA DE MORALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.213.421, asistida por el abogado en ejercicio JOSÉ MARCELINO SÁNCHEZ VARGAS, titular de la cédula de identidad .....