Por las razones expuestas este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, entre los ciudadanos MIGUEL ANGEL PARRA BALLESTEROS y BLANCA MARINA OCHOA DE PARRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad No. V-3.008.761 y V-3.009.417, en su orden, contraído por ante la Prefectura del antes Municipio San Sebastian, Distrito San Cristóbal, ahora Parroquia San Sebastian, Municipio San Cristóbal del estado Táchira; el día dieciséis (16) de Diciembre de 1.976, plasmado en Acta de Matrimonio No. 275 del año 1.976, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por el Registro Civil de la Parroquia San Sebastian, Municipio San Cristóbal y por el Registro Principal, ambos del estado Táchira.
Ofíciese lo conducente al Despacho de Registro .....