Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO POR VENCIMIENTO DE LA PRORROGA LEGAL, interpuesta por la ciudadana OLGA CONSTANZA NIÑO RINCÓN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 22.633.075, contra el ciudadano CARLOS ALBERTO FUENMAYOR PADRON, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 5.252.715, en consecuencia, CONDENA a la parte demandada en lo siguiente:
PRIMERO: ENTREGAR el inmueble de uso comercial, ubicado en la calle esquina con carrera 7, Local N° 4-152, La Concordia, Municipio San Cristóbal, estado Táchira, en las mismas condiciones en que lo recibió libre de personas y bienes.
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