DISPOSITIVA:
Es por todo lo expuesto, que esta JUEZ UNIPERSONAL TEMPORAL N° 3 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la presente demanda de DIVORCIO, incoada por el ciudadano PEDRO PABLO CHAPETA DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.-9.464.619, en contra de la ciudadana ORTIZ BECERRA LUZ STELLA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-22.674.496 de conformidad con lo señalado en el artículo 185 numeral 2do y 3ro. del Código Civil, en virtud de lo cual queda disuelto el vínculo conyugal contraído entre los referidos ciudadanos, mediante Acta N° 267 de fecha 20 de Septiembre de 1995, expedida por el Juzgado del Municipio Pedro Maria Ureña, del Estado Táchira.
SEGUNDO: En cuanto a las hermanas EMILY ANDREI.....