esta Jueza Unipersonal Nº 03 del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley AUTORIZA amplia y suficientemente a la ciudadana IBELICES MAYIRA ALVARES PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.228.895, para que en representación de su hija: (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA), tramite el cobro de la cuota parte de los beneficios, que le pudieran corresponder a la mencionada niña, por ante SEGUROS MERCANTIL, así como por ante cualquier otro organismo Publico o Privado, al fallecimiento de su padre, el ciudadano LUIS CARLOS DURAN PATARROYO, quien en vida se identificaba con Cédula de Identidad N° V- 14.100.641. Es de advertir que lo que corresponda a la prenombrada niña, debe ser remitido a este Despacho en un cheque de gerencia a nombre de este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLES.....