DECLARA CON LUGAR la solicitud y en consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 399 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda la Colocación Familiar del adolescente: (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), venezolano de 17 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-19.492.918, hijo de: NUVIA LUCIA PITA MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-12.971.371, en el hogar de la ciudadana: MARIA GLADYS MENDEZ DE PITA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.682.032, residenciada en Abejales, Calle 3, Esquina de Carrera 5, casa s/n, Bodega "El Progreso", Municipio Libertador del Estado Táchira, quien de conformidad con el artículo 358 ejusdem tendrá la custodia, la asistencia material, la vigilancia y la orientación moral y educativa del guardado, así como la facultad de imponerle correcciones adecuadas a su edad y desarrollo físico y mental, y.....