LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN celebrada entre las partes, en una parte por el ciudadano Froilan Onofre Pérez Chacón, actuando por sus propios derechos y en representación de la empresa PERECON, parte intimada en la presente causa, asistido por la abogada Betty María Enriqueta Dávila, y por la otra el abogado Juan Carlos García Vera, parte intimante en la presente causa, ambas partes suficientemente identificadas. En consecuencia, este Tribunal le otorga su aprobación a la referida transacción, y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se levanta la medida de embargo preventivo decretada por este Despacho, en fecha 08 de marzo de 2004. Se ordena el archivo del presente expediente.