Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, realizada por las partes en la presente causa. En consecuencia, se levanta la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Juzgado en fecha 17 de diciembre de 2009, participada con oficio N° 1518-2009 al Registro Público del Segundo Circuito del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, en la misma fecha. Ofíciese lo conducente al Registro respectivo. Se ordena el desglose del cheque de gerencia por la suma de quinientos mil bolívares (Bs. 500.000), dejando en su lugar copia fotostática certificada y guardando el original en la Caja Fuerte del Tribunal. El precitado cheque será entregado a los ven.....