DECLARA CON LUGAR, el divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de los cónyuges Ana Mary Colmenares de Galviz y Leonel Enrique Galviz, ambos suficientemente identificados en autos, de conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, queda disuelto el vinculo matrimonial contraído entre ellos, por ante la Prefectura del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, según consta del acta de matrimonio Nº 119 de fecha 18 de octubre de 1996.