Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN, constituida por la DACIÓN EN PAGO, de cinco (5) TURBOS, tipo trompa elefante electrónicos E-7, para gandolas Marca Mack Granite y/o Vission, procédase como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En consecuencia se levanta la medida de embargo preventivo decretada en fecha 18 de febrero de 2009, la cual nunca fue ejecutada. Igualmente se levanta la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada en fecha 02 de abril de 2009, participada con oficio N° 479, de la misma fecha, al Registro Público de los Municipios Cárdenas, Guasimos y Andrés Bello del Estado Táchira. Y de igual forma la medida de embargo ejecutivo decretada en fecha 09 de junio de 2009 y ejecuta.....