Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN, realizada por los abogados TULIO ENNI RIVAS PRIETO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-8.037.308 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 70.972, y la abogada MARLENE YANETH SILVA MANTILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.644.776, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 70.971; actuando como apoderados judiciales del ciudadano JOHAN JAVIER CARRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.550.321, parte demandante en la presente causa; y por la ciudadana NORMA YANETH GUARIN MONTAÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.233.633, asistida por la abogada J.....