es por lo que éste Juzgador como rector y director del proceso, en aras de hacer un correcto uso del poder cautelar, evitando incurrir en actuaciones que a la postre puedan calificárseles de excesivas, en aras de formarse un mejor criterio sobre el caso de autos, decide trasladarse hasta la sede de la firma personal "Dulcería El Veleño", para constatar in situ la situación expuesta por el solicitante, a los efectos de recabar la información que fuere necesaria relacionada con la solicitud impetrada; para lo cual se fija el día lunes 02-07-2012 a las 2:00 p.m para su traslado y constitución en el sector carretera Panamericana, galpón N° 73, zona industrial La Osuna, Colón, Municipio Ayacucho, Estado Táchira. Así se decide.