DECLARA CON LUGAR, el Divorcio POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN de los ciudadanos JUAN ALBERTO ANSELMI y TERESA JURADO ROA, de las características dichas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil, queda disuelto el vínculo conyugal contraído entre ellos por la anterior Prefectura de la Parroquia Santo Domingo, Municipio Monseñor Alejandro Fernández Feo, del Estado Táchira, en fecha trece (13) de noviembre de 1993, según consta en Acta de Matrimonio Nº 26.