Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JOHANNY ALEXANDER GUERRERO ISASIS, asistido por el abogado EDGAR VIANEY MOLINA GUTIERREZ.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión de fecha 30 de enero de 2.006, dictada por el Juez del Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, mediante la cual negó la entrega del vehículo: marca Ford, modelo Conquistador, color blanco, año 1982, clase automóvil, tipo sedan, uso particular, placa VAI-837, serial de carrocería AJ85CB81981, serial de motor 8 cilindros, al ciudadano JOHANNY ALEXANDER GUERRERO ISASIS.