DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de revisión interpuesto por NELDA PATRICIA LANDINEZ GÓMEZ, en su carácter de defensora del penado DERBY FELMAN CARRILLO SÁNCHEZ.
SEGUNDO: SE MANTIENE las penas impuestas en las decisiones dictadas: 1.- en fecha 22 de julio de 2011, por el Tribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual, condenó al referido penado a cumplir la pena de veintitrés (23) años de prisión, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana NELVI YOSMARI REY ARIZA, ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado .....