PRIMERO: CON LUGAR la acción de amparo interpuesta por el abogado ANTONIO JOSE PERDOMO, apoderado judicial del ciudadano Albert Joel Carrillo Galvis, por la violación al derecho a la tutela judicial efectiva y la propiedad, garantizados en los artículos 26 y 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, causada por la decisión dictada en fecha 26 de abril de 2006, por la abogada Iris Coromoto Contreras de Aguilar, en su condición de Jueza del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 4 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó la entrega del vehículo reclamado a su legítimo propietario.
SEGUNDO: Se ordena el restablecimiento a la situación jurídica infringida, entregándose de manera directa el vehículo Placa 401-IAX, Marca Ford, Modelo F-600, año 1978, color amarillo, clase camión, tipo estaca, uso carga, serial de carrocería AJF60U47911, motor 8 cilindros, a su legítimo propietario, todo de conformidad con lo establecido en el artícu.....