DECISIÓN
Por las razones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ANULA DE OFICIO la sentencia dictada en fecha 09 de Febrero del 2016, por la Abogada Nélida Beatriz Terán Nieves, en su condición de Jueza Primera de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, dictada con ocasión a la Audiencia de Calificación de Flagrancia, en la que entre otros pronunciamientos, el Tribunal Desestimó la aprehensión en flagrancia del ciudadano Eduar Leonardo Ramírez, por la presunta comisión de los delitos de de VIOLENCIA FISICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO previstos y sancionados en los artículos 42 y 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de BARBA.....