PRIMERO: Se declaran SIN LUGAR las apelaciones interpuestas en fechas 15 y 16 de junio de 2005 por las abogadas MARIELA PASCUAS GÓMEZ y MARTTA JANETH GARCÍA DE SÁNCHEZ, en su carácter de coapoderadas judiciales, en su orden, de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE INTERMUNDIAL S.A., parte demandada, y del ciudadano ARMANDO ENRIQUE RINCÓN CASANOVA, parte demandante, en contra de la decisión dictada en fecha 13 de junio de 2005 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se CONFIRMA el auto de fecha 13 de junio de 2005 dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
TERCERO: Dada la naturaleza del fallo no hay Condenatoria en Costas.
Publíquese esta decisión en el expediente Nº 1254 y regístrese conforme a los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.