Por todas las razones de hecho y de derecho que quedaran explanadas en párrafos que anteceden, este Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la CADUCIDAD DE LA ACCION, invocada por los abogados: RAFAEL RODRIGUEZ NEIRA Y GERARDO PACHECO VIVAS, apoderados judiciales del ciudadano: RUIDAEL ENRIQUE CARDENAS, parte demandada en la presente causa.-
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la demanda incoada POR NULIDAD DE DOCUMENTOS, registrados ante la Oficina Inmobiliaria de Registro Público del Municipio Ayacucho, en fecha: El primero 06 de diciembre de 1.994, inserto bajo el N° 04, Tomo VIII, Folios 13-15, Protocolo Primero, Trimestre IV y el segundo en fecha 27 de diciembre del 2.000,inserto bajo el N° 39, Tomo IV, Folios 222 al 2216, Protocolo Primero, Trimestre 4to.-
TERCERO: Una vez quede firme la presente sentencia, líbre.....