este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NÚMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY decreta EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor de MARYLIN CRUZ DE FLOREZ, venezolana, Titular de la Cédula de Identidad N° V-11.022.457, residenciada en el Barrio Simón Bolívar Calle 7, con carrera 14, N° 7-04, San Antonio Estado Táchira, por la presunta comisión del delito INJURIA, previsto y sancionado en el artículo 444 del Código Penal, vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, en perjuicio de adolescente ANDERSON ENRIQUE REYES GARCÍA así las cosas es importante señalar que el artículo 449 del Código Penal, establece que dicho delito solo es enjuiciado por acusación de la parte agraviada, pero al tratarse que la victima es un adolescente se debe tomar en cuenta lo señalado en la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña, y Adolescent.....