por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, ha instaurado los ciudadanos JESÚS ADOLFO VANEGAS TARAZONA y ELIZABETH CORONEL PEÑA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V-1.585.620 y V-1.588.530 respectivamente, en contra de la Sociedad Mercantil ALMAVEN, C.A., domiciliada en Ureña, Estado Táchira, inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira el 01 de agosto de 1.994, bajo el N° 54, tomo 3-A representada por el ciudadano ARTURO GALVIS HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-11.501.272. En consecuencia, EXTINGUIDO el proceso.