DECISION
Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del imputado ENDER ALBERTO PULIDO CHACON, de nacionalidad Venezolana, natural de Tariba, Estado Táchira, nacido en fecha 08-01-1990, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.360.234, soltero, funerario, hijo de Yolimar Pulido (v) y dijo no conocer a su padre, con residencia en la calle la esmeralda, casa N° 6-65, a cuatro casas de Rancho Alegre, Cordero, Estado Táchira, teléfono 0414-7061777, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 en su primer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia, en perjuicio de la adolescente N. Y. M. C, de c.....