Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN, realizada por la ciudadano ANDRÉS RAMÓN DELGADO VIVAS, en su carácter de demandado, asistido or el abogado Humberto Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.131, y por la otra parte el abogado EVELIO PARRA RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.407, en su carácter de apoderado de la parte demandante. En consecuencia procédase como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Igualmente vista la diligencia de fecha 19 de noviembre de 2008, corriente al folio 180 del expediente, se acuerda el desglose y la entrega a la parte demandante del plano que corre al folio 85, y déjese en su lugar copia certificada. Asimismo expídase copia certificada mecan.....