En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a los ciudadanos FLORINDA ÁVILA DE SALINAS, LUIS ALEXANDER, DAISY JUDITH, FRANK ANTHONY SALINAS AVILA y JULIE LISSETH SALINAS USECHE, venezolanos, mayores de edad, viuda la primera y solteros los segundos, titulares de las cédulas de identidad Nros.- V- 10.149.511, V-10.152.360, V- 11.500.481, V- 13.350.094 y V- 18.045.186 en su orden, domiciliados en el Pasaje Guasdualito Nº 13-47, sector Puente Real, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira; el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano fallecido LUIS PAULINO SALINAS MÉNDEZ, quién era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.310.263 , quién estaba domiciliado en la el Pasaje Guasdual.....