REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Rubio, Veintiséis de Marzo de Dos Mil Nueve.
198° y 150°

Vista la diligencia suscrita por los Ciudadanos: JOSÉ ÁNGEL MANRIQUE PINTO y MARGA LUCIA GONZÁLEZ BARRIOS de fecha 23 de Marzo de 2.009, que corre inserta al folio 08 del presente expediente, en el cual convinieron en incrementar la cuota de Obligación de manutención de la siguiente manera:
(…) 1.- Aumento de 500 Bs. A 800 Bs., pagados de forma quincenal en la cuenta de ahorros del Banco de Venezuela N° 0102-0380-56-0100064873, aperturada por la madre, los 03 y 18 días de cada mes.
2.- El padre asume el 100% de los gastos de medicinas y médicos, la madre presentará factura de los gastos.
Lo mencionado acá se hará efectivo el 01 de mayo de 2009.
En fe de lo expuesto, la firmo de manera voluntaria y solicito que la misma sea homologada por el juez competente. (FDO) Padre.
Otro sí: Estando presente la Ciudadadana: Marga Lucia González Barrios, portadora de la Cédula de Identidad N° V.- 13.134.458, acepta el ofrecimiento de aumento efectuado por el Ciudadano: José Ángel Manrique Pinto a favor de sus hijos (omissis). Esto lo expuesto. (FDO) Marga González.

Este Tribunal acuerda de conforme al artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente otorgarle su HOMOLOGACIÓN, a fin que se proceda como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. En consecuencia este Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley lo declara Homologado. CUMPLASE.
Dada, Sellada, Firmada y Refrendada en el Despacho del Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta Circunscripción Judicial del Estado Táchira.



Abg. ANA RAMONA ACUÑA
Jueza Provisoria



Abg. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ
Secretario Titular

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anteriormente, dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal.