PRIMERO: Se deja constancia que ciudadano JOSE GREGORIO HERNAN OTERO, venezolano, natural de San Antonio, Municipio Bolívar, Estado Táchira, nacido el 24/05/1986, de 19 años de edad, hijo de Hernán Otero y de Betty Esperanza Galavis (v), titular de la Cédula de identidad Nº V-20.060.762, obrero, soltero, analfabeto, domiciliado en Puente Real, parte baja, al lado del elevado, casa del señor Ismael, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, fue presentado en tiempo hábil; conforme al contenido del artículo 44, numeral 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: El imputado manifestó no haber sido agredido por los funcionarios aprehensores. Observando que no presentó lesiones físicas aparentes.
TERCERO: Se deja constancia que estuvo asistido por la Defensora Pública Penal, Abg. Rossilse Omaña, en resguardo al derecho a la defensa, previsto en el artículo 49 Ordinal 5° del Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
CUARTO: CALIFICA LA FLAGRAN.....