Por las anteriores razones y consideraciones, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley actuando en primera instancia declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Ruptura Prolongada, formulada por los ciudadanos: ANA IRIS ROA ROA y PEDRO JOSÉ RAMÍREZ ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 3.999.046 y V- 2.889.871, respectivamente, todo de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente y en consecuencia decide: PRIMERO: Queda disuelto el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos: ISMELDA CARDOZO de RAMÍREZ y MAXIMIANO RAMÍREZ CEGARRA, en fecha 17 de noviembre de 1970 por ante la prefectura de la Parroquia La Concordia, Distrito San Cristóbal del Estado Táchira. Según acta de matrimonio Nro. 436. Y así se declara.
SEGUNDO: Liquídese la comunidad d.....