por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana CARMEN ALICIA CHACON MENDEZ, venezolana, mayor de edad, comerciante, divorciada, titular de la cédula de identidad N° 2.887.728 y con domicilio en El Abejal de Palmira, Municipio Guásimos, Estado Táchira contra el ciudadano RUBEN DARIO VILLAMIZAR HOYOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.970.208 y con domicilio en El Abejal de Palmira, Municipio Guásimos, Estado Táchira. En consecuencia se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: entregar a la parte demandante el inmueble ubicado en la vereda 2, Nº 6-12, El Abejal, Palmira, Municipio Guásimos del Estado Táchira, en las mismas buenas condiciones en que lo recibió.
SEGUNDO: pagar la cantidad de NOVECIENTOS DOCE MIL BOLÍVARES (Bs.912.000,00), por concepto de cánones de arrendamiento desde el mes de septiembre hasta diciembre del 2006, enero hasta marzo del 2007, mas dieciocho días del mes de abril y los que se sigan v.....