PRIMERO: Declara Parcialmente Con Lugar la Demanda que por Cumplimiento y Aumento de Pensión de Alimentos intentó la ciudadana CECILIA CORTES MOSQUERA, colombiana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.E-81.862.271, domiciliada en Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre de la niña (Identidad omitida por disposición de la LOPNA), contra el ciudadano CASIMIRO OSORIO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-9.221.757, domiciliado en Toiquito, Municipio Guásimos, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se fija como Pensión de Alimentos para la adolescente (Identidad omitida por disposición de la LOPNA), la cantidad CIENTO CATORCE MIL SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.114.600,00), mensuales, la cual será ajustada anualmente por la inflación tomando en cuenta los I.P.C. emitidos por el Banco Central de Venezuela y ser pagada dentro de los cinco primeros días de cada mes, y adicionalmente colaborar con los gastos médicos y .....