Por los fundamentos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUNÍN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA suficientemente a la Ciudadana: JESUSA MENDOZA VILLAMIZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 5.686.061, en su condición de cónyuge, así como a la ciudadana: DENYS MARCIA YINIBEL SANTANDER MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 16.672.708, en su condición de hija, como ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus CELEDONIO SANTANDER CARRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 2.891.442.
Conforme al Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase originales a la parte interesada y déjese en su lugar copia fotostática certific.....