En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Número Cuatro del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
PRIMERO: OTORGA la medida de LIBERTAD CONDICIONAL al ciudadano: RIOBER DELGADO MONTAGUT, colombiano, titular de la Cédula de Ciudadanía Nº 88.236.228 y residenciado en el Barrio Puerta del Sol, Calle 18, entre carreras 4 y 5, Nr. 3-45, San Cristóbal, Estado Táchira, de conformidad con lo previsto en el artículo 272 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela y 501 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se establece el presente régimen por el lapso de: DOS (02) AÑOS, DOS (02) MESES y DIECINUEVE (19) DÍAS.
TERCERO: Se impone al penado: RIOBER DELGADO MONTAGUT con lo establecido en el artículo Ejusdem, las siguientes condiciones:
1. Prohibición de sa.....