por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, que por COBRO DE BOLIVARES, ha instaurado la sociedad anónima CORDILLERA MOTORS S.A., de este domicilio, inserta por ante el Registro Mercantil que llevaba el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Táchira, bajo el N° 39, de fecha 24 de mayo de 1.972, en la persona de su Presidente ciudadano MIGUEL ANGEL BECERRA, venezolano, mayor de edad, casado, comerciante, titular de la cédula de identidad N° 1.519.364 y de este domicilio, en contra del ciudadano OSWALDO BALESTRINI, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad N° V-3.270.190. En consecuencia, EXTINGUIDO el proceso.