PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE la acusación, formulada por la Fiscalía Para el Régimen Procesal Transitorio del Ministerio Público, en contra del imputado ANTONIO DELFÍN PATIÑO MEDINA, venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, de 38 años de edad, latonero, soltero, nacido el 11-04-1966, hijo de Benjamín Patiño Medina (v) y de Carmen Alicia Medina (v), titular de la cédula de identidad N° V-9.247.672 y residenciado en Aldea General, El Topón, casa s/n al lado de la casa de mi cuñada de nombre Herminia Chacón, cerca del Liceo del Topón, Capacho, Municipio Libertad, Estado Táchira, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 Ordinal 6° del Código Penal, en perjuicio de Micela Antonia Rincón de Micari, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 330 Ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal.-
SEGUNDO: SE ADMITEN TOTALMENTE, los medios de pruebas ofrecidos por el Ministerio Público y a los cuales se adhirió la defensa, por ser lí.....