PRIMERO: Declara CON LUGAR la presente demanda de DIVORCIO, incoada por la ciudadana BOZZO ROSSI MARY CARMEN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.514.253, en contra del ciudadano GONZALEZ TRUJILLO GABRIEL PATRICIO, Cubano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° E-82.266.456 de conformidad con lo señalado en el artículo 137 del Código Civil en concordancia con el numeral 2do del articulo 185 del referido Código, en virtud de lo cual queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre los referidos ciudadanos, mediante Acta N° 23 de fecha 01 de Septiembre de 1998, expedida por la Prefectura del Municipio El Hatillo, de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
SEGUNDO: En cuanto a la niña GRECIA PATRICIA GONZALEZ BOZZO, identificada con la Partida de Nacimiento N° 1827, expedida por la Prefectura de la Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal, del Estado Táchira, la guarda de la niña será ejercida por la madre y la.....