Este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE LA DEMANDA INTENTADA, por los ciudadanos MARICRUZ DÁVILA ZAMBRANO, SARA ELVIA MONTILLA CHACÓN Y MANUEL ALEJANDRO ANGULO DÁVILA, debidamente representados por el abogado LEONEL DE JESÚS MALDONADO MALDONADO, en contra de la Entidad de Trabajo INVERSIONES LR 2018 C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital, de fecha 07 de diciembre de 2.018, bajo el número 31, Tomo 271-A., con Registro de Información Fiscal número J412087976, con sede principal en el Bloque 2, planta baja, local 6, de la urbanización El Silencio, Caracas Distrito Capital, zona postal 1020 y con Sucursal en el Centro Comercial Rodeo Plaza, nivel piso 3, local N3-33, Sector.....