Por la motivación que antecede, este Tribunal Superior estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EL DECAIMINETO DEL OBJETO DE LA PRETENSIÓN de la demanda que por abstención o carencia, interpuso el ciudadano LEE DAINY PARRA CARREÑO, contra el Director del Liceo ANTONIO JOSÉ DE SUCRE, ciudadano CARLOS PARADA.
No se ordena la condenatoria al pago de las constas procesales, por la naturaleza del presente proceso judicial.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de este fallo para el copiador de sentencias.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha dieciséis (16) de Febrero de 2017. Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
El Juez Suplente,
Abg. Ángel Daniel Pérez Urbina
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