Por todos los fundamentos de hecho, de derecho y Jurisprudenciales antes expuestos y analizados, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, conforme a lo establecido en los Artículos 26, 49, 76 y 78 de la Constitución Nacional, y Artículos 8 y 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar, la pretensión de Aumento de la Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana TIKY BALERINE MORA JAIMES, en nombre, representación y beneficio de su hija, la niña (se omite el nombre por disposición de Ley) en contra del ciudadano JOSE OSCAR ARIAS PADILLA, todos suficientemente identificados en la presente decisión.
SEGUNDO: Se ajusta la Obligación de Manutención que el ciudadano JOSE OSCAR ARIAS PADILLA, debe cubrir a favor de su hija, la niña (se omite el nombre por disposición de Ley) .....