Primero: SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de contenido patrimonial, interpuesta por la entonces Compañía Anónima de Administración y Fomento Eléctrico (CADAFE) hoy CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL S.A. (CORPOELEC), contra el CONSORCIO BERMEJA SIGMA y solidariamente contra la empresa SEGUROS LOS ANDES C.A.
En consecuencia, el Tribunal considera procedente el pago de las sumas siguientes:
A cargo de la empresa CONSORCIO BERMEJA SIGMA (Contratista); la cantidad de Bs. 190.657,14, por concepto de reclamo de multa por indemnización de obra no ejecutada, prevista en el Decreto 1.417 (Condiciones Generales de Contratación para la Ejecución de Obras (1996)), artículo 113 literal C, numeral 3.
A cargo de la empresa SEGUROS LOS ANDES, C.A. (compañía aseguradora, y fiadora solidaria y principal pagadora de la afianzada); la suma de Bs. 190.657,14, por concepto de daños y perjuicios derivados del incumplimiento del afianzado CONSORCIO BERMEJA SIGMA; lo cual fue gara.....