Adolescentes del Tribunal Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: IMPONE COMO MEDIDA DE ASEGURAMIENTO Y SE LEVAN LA DECLARATORIA EN REBELDIA al ciudadano (IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), venezolano, natural de San Juan de Colón, nacido en fecha 02-13-1985, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 16.258.900, hijo de Albino Duque Chacón y Merari Morales, grado de instrucción 5to grado, obrero constructor, quien presenta los siguientes rasgos característicos: estatura aproximada: 1.75 Mts. Contextura: Delgada, color de los ojos: marrón oscuro, color de cabello: negro, color de piel: moreno claro, peso aproximado: 80 kilos, rasgos característicos Tatuaje en espalda y pierna izquierda, residenciado en San Juan de Colón Barrio Las Mercedes , calle 02, casa N° 1.74 por la presunta comisión d.....