JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, once (11) de enero de dos mil ocho.

AÑOS: 197° y 148°

Visto el desistimiento a la acción presentado en fecha 09 de enero del presente año por la abogada en ejercicio SAMIA HARB AYOUBI, actuando con el carácter de co-apoderada judicial de la parte demandante, ciudadana SILVINA RINCÓN DE MORA, donde informa que la demandada, ciudadana VIVIAN SUÁREZ AMAYA, ya entregó el inmueble objeto de la controversia; esta Juzgadora una vez revisado el mismo, y observando que no es contrario a derecho, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminada la causa, en tal virtud, procédase al archivo del expediente. Déjese copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal.




Abg. ANA LOLA SIERRA
Juez Temporal


Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario
En la misma fecha, siendo la una de la tarde (01:00 p.m.), se dejó copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal, quedando registrada bajo el N° “505” en el “Libro de Registro de Sentencias”. Igualmente se procedió al archivo del expediente.



Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario

DarcyS.
Expediente N° 11.276-07.