SAN CRISTÓBAL, 10 DE NOVIEMBRE DE 2.005.-
195º 146º
Recibido por distribución constante todo de cinco (05) folios útiles, escrito contentivo de acuerdo sobre OBLIGACION ALIMENTARIA formulada por la Defensoria Educativa "Cuenta Conmigo" de San Cristóbal, Estado Tàchira, suscrito entre los ciudadanos MARIA ELENA LEAL DE PEÑA, extranjera, mayor de edad, con cédula Nro.E-81.861.303 y JOSE MARIA PEÑA PARADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-21.706.231, domiciliados ambos en la Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal, Estado Tàchira, a favor del adolescente YOSMAN ALFREDO PEÑA LEAL. Désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, y por cuanto en dicha acta los ciudadanos antes nombrados, mutuamente acuerdan por Obligación Alimentaría a favor de su adolescente hijo: " El padre se obliga para garantizar el derecho a un nivel de vida adecuado, a pagar la cantidad de CIENTO.....