PRIMERO: Declarar Con Lugar el OFRECIMIENTO de OBLIGACION de MANUTENCION, formulado por PAULINO ENRIQUE PINEDA SALAZAR, con cédula de identidad N° V-15259326 en favor de su hijo David Paulino Pineda Duque, representado por LINDA ANDREINA DUQUE ROSALES, con cédula de identidad N° V-20257667, en su condición de Madre,
SEGUNDO: Ordenar a LINDA ANDREINA DUQUE ROSALES, preidentificada y como Madre de David Paulino Pineda Duque, recibir para su hijo, a partir de la presente fecha la suma de UN MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,oo) mensuales, equivalente a 23,51 % del sueldo mínimo nacional y 7,87 unidades tributarias, como Obligación de Manutención, mediante depósito bancario en cuenta que abrirá de inmediato, siendo doble (Bs. 2.000,oo) en julio y diciembre por las temporadas, compartiendo los gastos extras que surjan;
TERCERO: Ajustar la mensualidad cuando varíen las necesidades del hijo y los ingresos del Padre, en base a los índices del Banco Central;