"...Con los elementos que cursan en las actas procesales, este Juzgado del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, incoada por la ciudadana YOLIXA DEL CARMEN RIVAS RAMIREZ, Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-11.971.547, mayor de edad y hábil, soltera, domiciliada en la Urbanización Río Grita, Sector 2, en la esquina del parque, casa color verde con blanco, La Fría, Municipio García de Hevia del Estado Táchira, actuando en nombre y representación de su hija XXXXXXXXX (15 años de edad).
SEGUNDO: Se establece como monto de la OBLIGACIÓN DE MANUTENCION que el obligado MIGUEL ANTONIO PANTOJA MARIN, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-22.681.569, domiciliado en la calle 4 entre carreras 9 y 10 frente al Estadio, en el taller de carpi.....